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Cambios en Ganancias, Monotributo, Bienes Personales y Blanqueo: Las Actualizaciones del Senado

Previo a la conciliación entre gobierno y oposición, se realizaron ajustes significativos en el paquete fiscal asociado a la Ley Bases.

Infobae – Con el objetivo de obtener el consenso necesario para avanzar hacia el debate en el Senado, el Gobierno aceptó una serie de modificaciones propuestas por la oposición en relación al paquete fiscal. Estas adaptaciones abarcan aspectos de Ganancias, Monotributo, Bienes Personales y el blanqueo de capitales.

Uno de los cambios más notables en Ganancias es la introducción de un diferencial para los salarios en la región patagónica, una demanda reiterada de los gobernadores de esa zona, quienes argumentan un mayor costo de vida en las provincias del sur.

En este sentido, el artículo 78 bis incorporado establece que «cuando se trate de empleados en relación de dependencia y jubilados que vivan en las provincias y/o, en su caso, partido, a que hace referencia el artículo 1° de la Ley 23.272 y sus modificaciones, las deducciones mencionadas en el artículo 30 se incrementarán en un 22% (veintidós por ciento)». La región patagónica abarca La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego y el partido bonaerense de Patagones.

Otra modificación relevante es la posibilidad de deducir los intereses de créditos hipotecarios UVA, justo cuando algunos bancos públicos y privados han vuelto a ofrecer este tipo de préstamos vinculados a la inflación más una tasa de interés adicional.

Según el proyecto del Gobierno, si se aprueba en el Senado -con la necesidad posterior de validación en Diputados- los asalariados comenzarán a pagar impuesto a las Ganancias a partir de una remuneración bruta mensual de $1.800.000 (equivalente a un salario neto de $1.494.000), sin aplicar deducciones por cónyuge, hijos o determinados gastos que puedan ser descontados del ingreso para el cálculo del tributo.

Monotributo

En cuanto al Monotributo, el artículo 100° del paquete fiscal prorroga la existencia del monotributo social, que había sido eliminado en la redacción original de la propuesta. Este régimen implica un componente de pago impositivo más bajo para ciertos sectores vinculados a la economía popular, en comparación con la categoría inicial del monotributo.

El proyecto modificado establece que «cuando el pequeño contribuyente adherido al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) sea un sujeto inscripto en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Capital Humano y tenga una facturación anual menor al 50% de la Categoría A, no deberá ingresar el impuesto integrado contemplado en el artículo 11 del Anexo de la Ley N° 24.977».

El proyecto del Gobierno actualiza los topes de facturación y cuotas, con incrementos de entre el 300 y el 330 por ciento. El ingreso tope anual sería de $68 millones, eliminando la diferenciación entre actividades comerciales y de servicios en el régimen simplificado. Además, se incrementarían los montos de toda la escala y los importes a pagar.

Blanqueo de capitales

En relación al blanqueo de capitales, se destacan cinco grandes cambios en comparación con el texto aprobado por Diputados. Entre ellos, se establece que no se podrán blanquear criptomonedas en el exterior, como inicialmente se había dispuesto.

Asimismo, se establece que los inmuebles a nombre de sociedades solo podrán ser blanqueados si estaban debidamente declarados por la sociedad. Además, se extiende de 5 a 10 años la prohibición para que los funcionarios puedan adherirse al blanqueo. En cuanto a los parientes de funcionarios, la prohibición incluye a hermanos y a todos los de primero y segundo grado.

Por último, se incluyen herramientas para las provincias y las inversiones productivas como destino sin impuesto de los fondos depositados en cuentas especiales.

Bienes Personales

En Bienes Personales, se establece un aumento del 20% en las alícuotas para aquellos que ingresen al blanqueo. Para los contribuyentes en general, la alícuota será del 1,5% para 2023; 1,25% para 2024; 1% para 2025; 0,75% para 2026, y 0,25% para 2027 en adelante.

Para quienes ingresen al blanqueo, las alícuotas serán de 1,8% en 2023, 1,5% en 2024, 1,2% en 2025, 0,9% en 2026 y 0,3% a partir de 2027.

Además, se mantiene el aumento del piso a $100 millones para tributar a partir del período fiscal de 2023, con una deducción por vivienda personal que asciende a $350 millones para el mismo ejercicio.

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