Más de medio millón de trabajadores quedarán exentos del tributo por el sueldo anual complementario que se paga este mes.
(TN) El Gobierno oficializó este viernes el decreto por el cual aquellos empleados con salarios brutos de hasta $880.000 quedan exentos del pago del Impuesto a las Ganancias sobre el medio aguinaldo, que debe pagarse hasta el 30 de junio. Se trata de un beneficio extraordinario por única vez para los trabajadores que están alcanzados por el tributo.
La medida beneficia a 513.000 trabajadores que se encuentran sujetos a retenciones de Ganancias y registran salarios brutos mensuales de entre $506.230 y $880.000, lo que equivale a 10 salarios mínimos vitales y móviles.
El decreto 316, publicado este viernes en el Boletín Oficial, determinó quiénes quedarán exentos del pago de Ganancias sobre el medio sueldo complementario anual. Sin embargo, el tema genera dudas en algunas personas. Por eso, para entender en que casos alcanza, TN detalla las claves a tener en cuenta.
Aguinaldo: las cuatro claves de la excepción de Ganancias

Sebastián Domínguez, ceo de SDC Asesores Tributarios explicó las claves para entender en qué casos alcanza al aguinaldo.
1. Quiénes quedan exentos del pago de Ganancias sobre el medio aguinaldo
Los trabajadores en relación de dependencia con sueldos brutos mensuales de entre $506.230 y $880.000 (de bolsillo representa entre $410.000 y $712.000) percibidos desde el 1 de enero hasta el 30 de junio de 2023.
2. Cómo se aplicará el Impuesto a las Ganancias en el medio aguinaldo
Los trabajadores no van a pagar Ganancias si tienen un sueldo bruto de hasta $506.230 brutos. En cambio, si el empleado que tiene un salario de hasta $880.000 va a tener exento el aguinaldo hasta la suma de 440.000 pesos.
La medida beneficia a 513.000 trabajadores que se encuentran sujetos a retenciones del impuesto a las Ganancias y registran salarios brutos mensuales de entre $506.230 y $880.000 (Foto: Adobe Stock)Por: Adobe Stock
3. ¿Habrá una devolución sobre lo retenido de Ganancias en los meses previos?
Como en el aguinaldo la retención de Ganancias se hace mes tras mes, la exención para los salarios de hasta $880.000 implicará una devolución de lo retenido por parte de los empleadores.
El decreto establece que se debe devolver lo que se retuvo a estos salarios por aguinaldo en dos cuotas mensuales, iguales y consecutivas, junto con el cobro de las remuneraciones mensuales devengadas en junio y julio.
4. Impuesto a las Ganancias y aguinaldo: ¿cómo se identifica la devolución en el recibo de sueldo?
Los empleadores deberán exponer la devolución en un renglón separado del recibo de sueldo, a fin de identificar de forma clara el beneficio de la medida.
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